sábado, 15 de enero de 2011

CERTIFICADO DE MINUSVALIA
Para acceder a casi cualquier tipo de subvención, ayuda o prestación, es imprescindible estar en posesión del reconocimiento de minusvalía.
PRESTACIONES CONTRIBUTIVAS
Hay que diferenciar entre:
·         Incapacidad temporal
·         Invalidez permanente
·         Prestaciones por hijo a cargo
Y dentro de la invalidez permanente tenemos:
·         Incapacidad permanente parcial
·         Incapacidad permanente total
·         Incapacidad permanente absoluta
·         Gran invalidez
PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS
Son pensiones asistenciales para aquellas personas que no cotizaron a la Seguridad social o no tienen suficiente tiempo cotizado para acceder a una pensión contributiva.
PENSION DE INVALIDEZ
Confiere la condición de pensionista de la Seguridad Social, dando derecho a las prestaciones de la misma: asistencia medica farmacéutica y servicios sociales complementarios.
Requisitos:
·         Tener entre 18 y 65 años
·         Tener un grado de minusvalía igual o superior al 65%
Complementos para ayuda para terceras personas: Los pensionistas de invalidez no contributiva, cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 75% y acrediten necesidad de contar con otras personas para realizar los actos de la vida, percibirán además un complemento del 50% de la cuantia fijada anualmente.
Prestación por hijo a cargo:
Tiene las mismas condiciones y cuantías que las pensiones no contributivas.
Ayudas públicas a personas con minusvalía:
·         Rehabilitación
·         Desenvolvimiento personal
·         Adaptación del hogar
·         Eliminación de barreras arquitectónicas
·         Transporte

PRESTACIONES SOCIALES:
·         Compra de un coche (IVA)
·         Tarjeta de aparcamiento
·         Compra de vivienda
·         Exención del impuesto de circulación y del impuesto de matriculación
·         Reducción del IRPF

No hay comentarios:

Publicar un comentario