Para acceder a casi cualquier tipo de subvención, ayuda o prestación, es imprescindible estar en posesión del reconocimiento de minusvalía.
PRESTACIONES CONTRIBUTIVAS
Hay que diferenciar entre:
· Incapacidad temporal
· Invalidez permanente
· Prestaciones por hijo a cargo
Y dentro de la invalidez permanente tenemos:
· Incapacidad permanente parcial
· Incapacidad permanente total
· Incapacidad permanente absoluta
· Gran invalidez
PRESTACIONES NO CONTRIBUTIVAS
Son pensiones asistenciales para aquellas personas que no cotizaron a la Seguridad social o no tienen suficiente tiempo cotizado para acceder a una pensión contributiva.
PENSION DE INVALIDEZ
Confiere la condición de pensionista de la Seguridad Social, dando derecho a las prestaciones de la misma: asistencia medica farmacéutica y servicios sociales complementarios.
Requisitos:
· Tener entre 18 y 65 años
· Tener un grado de minusvalía igual o superior al 65%
Complementos para ayuda para terceras personas: Los pensionistas de invalidez no contributiva, cuyo grado de minusvalía sea igual o superior al 75% y acrediten necesidad de contar con otras personas para realizar los actos de la vida, percibirán además un complemento del 50% de la cuantia fijada anualmente.
Prestación por hijo a cargo:
Tiene las mismas condiciones y cuantías que las pensiones no contributivas.
Ayudas públicas a personas con minusvalía:
· Rehabilitación
· Desenvolvimiento personal
· Adaptación del hogar
· Eliminación de barreras arquitectónicas
· Transporte
PRESTACIONES SOCIALES:
· Compra de un coche (IVA)
· Tarjeta de aparcamiento
· Compra de vivienda
· Exención del impuesto de circulación y del impuesto de matriculación
· Reducción del IRPF
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